2.1. Título

El título completo de un acto consta del tipo de acto, el número, el nombre de la institución, la fecha de adopción y el objeto del acto.

El título completo de un acto consta de:

  • la indicación del tipo de acto (reglamento, directiva, etc.),

  • el número [es decir, las siglas («UE», «Euratom», «UE, Euratom», «PESC»), el año y el número de orden del acto],

  • el nombre de la institución u órgano del que emana el acto,

  • la fecha de adopción (la fecha de firma en los actos adoptados conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo),

  • el objeto del acto,

  • en los actos con doble numeración, el número asignado por el autor (véase «Doble numeración», en el punto 1.2.2).

Las reglas para citar y referirse a un acto figuran en el punto 3.2.

Si el título de un acto ha sido modificado por otro acto o corregido mediante una corrección de errores, hay que citar siempre, en lo sucesivo, el título tal y como ha sido modificado o corregido.

NB:

En la primera página de un acto, los términos «versión codificada» o «versión refundida» pueden figurar bajo el título. Estos términos, siempre compuestos en minúsculas y en negrita, aparecen bajo el título entre paréntesis. Nunca aparecen en el sumario de página de cubierta y no se mencionan en caso de referencia al acto en cuestión.