3.4.1. Orden de los Tratados
El orden en el que se citan los Tratados (en particular en los vistos) depende del momento de la publicación del texto; en algunos casos, pueden utilizarse algunas formas abreviadas.
Desde el 1 de diciembre de 2009 (fecha de entrada en vigor del Tratado de Lisboa), el orden de citación de los Tratados, especialmente en los vistos, es el siguiente:
Visto el Tratado de la Unión Europea,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
Hasta el 30 de noviembre de 2009, el orden de citación de los Tratados era el siguiente:
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero,
(el Tratado CECA expiró el 23 de julio de 2002)Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
Visto el Tratado de la Unión Europea,
(este Tratado a menudo aparece al final, aunque a veces figura el primero)
El orden de citación de las «Comunidades Europeas» ha variado con el tiempo:
Hasta el final de 1997, el orden de citación de las siglas de las Comunidades en los números de los actos variaba cada año de la forma siguiente:
CE(E), Euratom, CECA:
1968, 1971, 1974, 1977, 1980, 1983, 1986, 1989, 1992, 1995,Euratom, CECA, CE(E):
1969, 1972, 1975, 1978, 1981, 1984, 1987, 1990, 1993, 1996,CECA, CE(E), Euratom:
1970, 1973, 1976, 1979, 1982, 1985, 1988, 1991, 1994, 1997;
Entre el 1 de enero de 1998 y el 23 de julio de 2002, el orden es siempre el mismo:
- CE, CECA, Euratom
Entre el 24 de julio de 2002 (tras la expiración del Tratado CECA) y el 30 de noviembre de 2009, las Comunidades se citaron como sigue:
- CE, Euratom
Desde el 1 de diciembre de 2009:
- UE, Euratom
La distinción entre «Comunidad Económica Europea» (CEE) y «Comunidad Europea» (CE) es la siguiente:
«Comunidad Económica Europea» o «CEE», para los actos adoptados antes del 1 de noviembre de 1993,
«Comunidad Europea» o «CE», para los actos adoptados a partir del 1 de noviembre de 1993.
La denominación completa de los Tratados es obligatoria cuando se trata de una primera cita.
Para las citas posteriores:
si solo se cita un Tratado en el mismo texto se utiliza la palabra «Tratado»,
si se citan varios Tratados en el mismo texto se utiliza, siempre que sea posible, la forma completa del Tratado en cuestión. En su defecto, se puede utilizar la forma abreviada:
«Tratado UE» para el Tratado de la Unión Europea,
«TFUE» para el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
«Tratado CE» para el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
«Tratado Euratom» para el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
«Tratado CECA» para el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero.
La numeración del articulado de los Tratados se modificó en 1999 (Tratado de Ámsterdam) y en 2009 (Tratado de Lisboa). El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal de Cuentas tienen reglas particulares para citar los artículos según quieran referirse a las versiones anteriores o posteriores a estas renumeraciones.