Referencias
La base jurídica y su carácter normativo son las principales referencias a efectos y gestión del Libro de Estilo Interinstitucional.
Base legal
Decisión 69/13/Euratom, CECA, CEE, de 16 de enero de 1969, relativa a la instalación de la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas (DO L 13 de 18.1.1969), derogada y sustituida en último lugar por la Decisión 2009/496/CE, Euratom del Parlamento Europeo, del Consejo Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social Europeo y del Comité de las Regiones, de 26 de junio de 2009, relativa a la organización y al funcionamiento de la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (DO L 168 de 30.6.2009, p. 41):
«Artículo 1
La Oficina de Publicaciones de la Unión Europea es una oficina interinstitucional que tiene por objeto garantizar la edición de las publicaciones de las instituciones de las Comunidades Europeas y de la Unión Europea, en las mejores condiciones posibles».
***
El Comité consultivo de publicaciones de la Comisión ha definido la noción de publicación como «un escrito multiplicado cuya edición supone un gasto presupuestario y que está destinado esencialmente al exterior».
La Oficina de Publicaciones se ha encargado, entre otras tareas, de:
- normalizar los formatos,
- armonizar la presentación de las publicaciones.
Con arreglo de la Decisión mencionada más arriba, la denominación «Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas» ha pasado a ser «Oficina de Publicaciones de la Unión Europea» con efecto desde el 1 de julio de 2009.
Mandato
El Libro de estilo interinstitucional está coordinado por:
el Comité Interinstitucional, designado por el Comité de Dirección de la Oficina de Publicaciones, que reagrupa a los representantes generales de las siguientes instituciones: Parlamento Europeo, Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Banco Central Europeo, Tribunal de Cuentas Europeo, Comité Económico y Social Europeo y Comité Europeo de las Regiones;
la sección de coordinación general del Libro de estilo, establecida en la Oficina de Publicaciones;
los grupos lingüísticos interinstitucionales (uno por lengua), cuyos representantes son designados por los miembros del Comité Interinstitucional.
El Comité Interinstitucional designa a los representantes oficiales que participan directamente en los trabajos de los grupos. Este Comité puede actuar como árbitro en caso de problemas importantes.
La sección de coordinación general es responsable del conjunto de la gestión del procedimiento, organiza el orden del día de los trabajos, vela por la coherencia de las decisiones tomadas por los diferentes grupos y se encarga de la actualización y del desarrollo del procedimiento. También se encarga de gestionar la página web del Libro de estilo y participa directamente en su desarrollo.
Los grupos lingüísticos son responsables de la elaboración y del seguimiento de sus respectivas versiones, con la ayuda de la sección de coordinación general. Los representantes de la Oficina de Publicaciones en dichos grupos aseguran la coordinación de los trabajos y se encargan de la transmisión de la información a la sección de coordinación general. Estos grupos lingüísticos están formados por representantes de los diferentes equipos lingüísticos de las instituciones: juristas-lingüistas, traductores, terminólogos, correctores, etc.
En función de los temas que se han de tratar, también se consulta regularmente con instancias con poder de decisión, en especial con la Secretaría General, el Servicio de Protocolo y los servicios encargados de las relaciones exteriores de la Comisión. También existen estrechos contactos con otras organizaciones internacionales, especialmente en lo que respecta a la normalización (ISO).